Fecha de publicación: 24 de junio de 2020

Con la finalidad de contrarrestar el impacto económico y social que está provocando la COVID-2019, se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 17/2020, del 5 de mayo, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, un incremento de los porcentajes de deducción fiscal para las donaciones de personas físicas de un 5% desde el 1 de enero de 2020, afectando a las donaciones realizadas por contribuyentes de IRPF.

De este modo, los nuevos porcentajes de deducción serán los siguientes:
– Deducción del 80% para los primeros 150 euros donados.
– A partir de ese importe, es decir, para el importe donado por encima de los primeros 150 euros:

Deducción del 35%.

Deducción del 40% si se trata de donaciones periódicas realizadas durante al menos tres años a la misma entidad por un importe igual o superior.

Aquellas personas que deseen donar a su parroquia o diócesis podrán hacerlo a través de la página www.donoamiiglesia.es . Asimismo, el Arzobispado dispone de un correo electrónico donde atenderán las dudas sobre las desgravaciones y en el modo de hacer la donación, incluida por internet: donoamiiglesiagranada@archidiocesisgranada.es