Fecha de publicación: 18 de enero de 2021

El testamento vital es la expresión escrita de la voluntad de un paciente sobre los tratamientos médicos que desea recibir, o no está dispuesto a aceptar, en la fase final de su vida. El testamento vital también especifica que se administren los tratamientos adecuados para paliar los sufrimientos, pero que no se aplique la eutanasia.

La Conferencia Episcopal Española anima a firmar el testamento vital (descargar en word).

El presidente de la Subcomisión Episcopal para la Familia y la Defensa de la Vida, Mons. José Mazuelos Pérez, explica, entre otras cuestiones, en qué consiste, cómo hacerlo, dónde se debe registrar para que tenga valor jurídico, o su importancia.

Del consentimiento firmado al testamento vital

Ante el avance de la medicina se hizo necesario e imprescindible el Consentimiento Informado, que consiste en la participación de forma activa en la toma de decisiones junto al médico sobre el tratamiento a seguir.

Pero… ¿Cuándo el enfermo queda incapacitado?

Sin embargo, hay situaciones en las que el enfermo no puede decidir sobre su propia salud por incapacidad debido a la propia enfermedad, accidente o vejez. Cuando se presentan estas dificultades, uno de los caminos para ayudar al personal sanitario es la consideración de la voluntad del paciente manifestada previamente a la pérdida de la capacidad de razonar. Es a esta voluntad anticipada a lo que se llama popularmente testamento vital.

¿Cómo hacerlo?

La persona que firme está declaración tiene que estar en plena posesión de las facultades mentales.

La rubrica se hará ante la presencia de tres testigos o bien bajo la eventual intervención de un notario.

Leer nota completa de la CEE