Fecha de publicación: 3 de septiembre de 2017

Resumen del artículo:

A la hora de interpretar el capítulo octavo de Amoris Laetitia, particularmente en lo referido al acceso a la comunión eucarística de los divorciados en nueva unión, conviene partir de la interpretación que el mismo Francisco hizo de su propio texto, explícita en su respuesta a los Obispos de la región Buenos Aires.

Francisco propone un paso adelante, que implica un cambio en la disciplina vigente. Manteniendo la distinción entre bien objetivo y culpa subjetiva, y el principio de que las normas morales absolutas no admiten excepción, distingue entre la norma y su formulación y sobre todo reclama una atención especial a los condicionamientos atenuantes. Estos no se relacionan sólo con el conocimiento de la norma sino especialmente con las posibilidades reales de decisión de los sujetos en su realidad concreta. Francisco admite que un discernimiento pastoral en el ámbito del “fuero interno”, atento a la conciencia de la persona, pueda tener consecuencias prácticas en el modo de aplicar la disciplina. Esta novedad invita a recordar que la Iglesia realmente puede evolucionar, como ya ha sucedido en la historia, tanto en su comprensión de la doctrina como en la aplicación de sus consecuencias disciplinarias. Pero asumir esto en el tema que nos ocupa, exige aceptar una nueva lógica sin esquemas rígidos. No obstante, esto no implica una ruptura, sino una evolución armoniosa y una continuidad creativa con respecto a la enseñanza de los Papas anteriores.

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Víctor Manuel Fernández
Rector de la Pontificia Universidad Católica de Argentina (UCA) 

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